La Ignorancia puede causar estragos

A razón de la situación especial de alteración del orden público que se ha vivido estos últimos días, he escuchado a la alcaldesa de Bogotá manifestar que la Policía Nacional requiere de una reforma y dentro de lo que ha manifestado le queda a uno una gran preocupación de ver la ignorancia que tiene la mandataria sobre lo que es la Policía Nacional de Colombia.

Desconoce que la Institución policial es una organización de naturaleza civil -lo que ella pide- y está en la Constitución, desconoce que la Institución fue una de las primeras que desde el año 1993 inició su proceso de modernización y transformación cultural, adoptando para su dirección la gerencia moderna, construyendo un modelo propio el cual adoptó en el año 2006 denominado Sistema de Gestión Integral;

Desconoce que desde la década de los años 90 más precisamente luego de la promulgación de la nueva Constitución Nacional la Institución adoptó e integró en su estructura los Derechos Humanos creando una Oficina Nacional que hoy por hoy ya cuenta con una estructura en todas las unidades del país y que cumple funciones de orientación, asesoría, coordinación de todo este tema al interior de la Institución y con organizaciones externas. Desconoce que el tema de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario fue integrado al pensum académico de educación policial en todos los niveles de la Institución como asignatura de estudio y que desarrolla programas de educación para el trabajo de los funcionarios sobre este tema.

Desconoce que en ese proceso de modernización la Institución definió sus procesos misionales y de apoyo y que ha hecho un gran esfuerzo por estandarizar la mayoría de los procedimientos policiales y que continúa en ese propósito para cubrir todos los campos del servicio policial.

La alcaldesa desconoce que la institución implementó el Modelo Estándar de Control Interno y creó su Oficina de Control Interno y que realiza actividades de auditoría y asesoramiento a todas las unidades del País.

Desconoce que esta no es una Institución Militar y que por el contrario ha reconocido su naturaleza civil, donde lo más importante son las personas, por eso introdujo un cambio en la doctrina promoviendo e implementando en la primera década del nuevo siglo el HUMANISMO CON RESPONSABILIDAD buscando que al interior de la Institución prevalezca la dignidad humana y el respeto por los valores humanos y de la misma manera los policiales lo lleven a la práctica con los ciudadanos, como efectivamente la gran mayoría de ellos lo hacen hoy por hoy.

Desconoce que un funcionario que toma la decisión de ingresar a la Fuerza Pública Policial está enfrentado a grandes riesgos propios de este tipo de servicio que es tan particular, donde está en juego permanentemente la propia vida, lo cual requiere de una jurisdicción especial de investigación disciplinaria y penal para darle garantías jurídicas a sus actuaciones, que como seres humanos están expuestos a resultados adversos donde resultan involucrados seres humanos por el simple hecho de actuar en cumplimiento de su mandato, conforme a la Constitución y la Ley y que sus riesgos se incrementan de acuerdo a las calidades de la sociedad en la cual se desempeñan.

La señora alcaldesa desconoce que es efímero pensar en un resultado perfecto en las actuaciones de los seres humanos que integran la Policía Nacional, -hasta ella violó las normas de la cuarentena- y que eso no se puede desconocer, pero son muchísimas más las acciones y procedimientos buenos y efectivos que hacen los hombres y mujeres policías diariamente y minuto a minuto, para llegar en estrados públicos y en plena linea de politiquería populista a juzgar a una Institución tan grande que en la década de los años noventa cuando hubo un gobierno corrupto en el país fue la Institución que se convirtió en baluarte para sostener a nuestra querida Patria.

Creo que, cuando se tiene tal grado de ignorancia sobre una Institución, es que se hacen estas propuestas tan descabelladas como proponer que los gobiernos locales sean los que dirijan la Policía, es plantear la politización institucional que dejó tan malas experiencias en Colombia -violencia política- y que una mandataria de este talante lo proponga causa gran desconcierto.

Finalmente señora alcaldesa, la invito a rodear a su Policía y también a reconocer todo lo bueno que hacen, por que en la historia del desarrollo de los Estados está escrito que el gobierno de los príncipes siempre logró sus realizaciones y objetivos de la mano y por medio de la policía y que un mandatario no puede ser tan miope de no ver que es la única institución que está dada para servirle de apoyo y soporte para el logro de la gobernabilidad, la tranquilidad y la paz.

Fuente Cr. (RA) Jorge Elías Salazar Pedreros

Colegio de Coroneles

Vicepresidente

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4 thoughts on “La Ignorancia puede causar estragos

  1. Desconoce que una institución que maneja un alto riesgo, pues una de sus herramientas de trabajo son las armas.

    Desconoce que la órden de utilizar el arma de fuego no es de origen jerárquico, sino del contexto, la agresión y control sicológico y mental de un uniformado ante una agresión.

  2. Donde están entonces los líderes de la institución haciendo conocer aspectos tan puntuales de nuestra doctrina como La resolución 02903 de 2017 por la cual se expide el reglamento del uso de la fuerza y el empleo de armas municiones y ” dispositivos menos letales ” es entonces a partir de allí el eje central de cualquier interlocucion de la Policía Nacional frente al uso de la fuerza y se delimita muy bien a través de sus cuatro principios: necesidad, legalidad, proporcionalidad y racionalidad. Es importante tener presente la valoración para el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza (artículo 9) así como los niveles de resistencia (artículo 10) el uso de la fuerza donde cobra especial importancia el uso de la fuerza preventiva y el uso de la fuerza reactiva (artículos 12 y 13) pero para efectos de análisis me interesa mas el numeral 2 que habla de los dispositivos menos letales como aquellos medios físicos, técnicos y tecnológicos para hacer un uso diferenciado de la fuerza sin llegar al despliegue de fuerza letal y esto es lo más importante en concordancia con lo dispuesto por las Naciones Unidas en su Octavo Congreso donde determinó los 26 principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y donde en su numeral 2 se insta a los gobiernos a realizar un uso diferenciado de la fuerza a través del empleo adecuado de las armas incapacitantes no letales con el ánimo de reducir el empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o la muerte… Finalmente los dispositivos de control eléctrico y auxiliares como técnicamente se clasifican las pistolas de disparo eléctrico mientras estén enmarcados en las disposiciones o enunciados del Artículo 17 Uso, Capítulo IV del empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales de la Resolución 2903 de 2017, no encajarian ese uso en violaciones o infracciones al DIH a no ser que su uso sea inadecuado o excesivo y que busque torturar o infringir dolor a una persona puesta en estado de indefension en calidad de capturado que en el caso de los traslados por protección o traslado para la aplicación de procedimiento policivo, lo cual sin duda sería tema de debate legal.

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